El Gobierno de Aragón convoca la convocatoria de Ayudas Financieras al Alquiler de Vivienda para este 2025.
Podrán acceder personas físicas, mayores de edad y sean titulares de un contrato de arrendamiento.
La ayuda económica es del 50% de la renta, con un máximo de 600€ mensuales para vivienda o 300€ para habitación. En el caso de ser familia numerosa o residir alguna persona de la unidad de convivencia con discapacidad, el alquiler puede llegar hasta los 900€ mensuales.
Entre sus requisitos recoge que la suma total de las rentas anuales de la unidad de convivencia deberán ser iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (25.200 euros). El umbral será de 4 veces el IPREM (33.600 euros) si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo y de 5 veces el IPREM (42.000 euros) cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 22 de julio de 2025 y finaliza el 3 de septiembre de 2025.
La documentación que se debe aportar junto con la solicitud es:
- Contrato completo de alquiler.
- Justificantes del pago del alquiler (desde enero de 2025 hasta el mes vencido en el momento de presentar la solicitud).
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Sólo si alguna persona de la unidad de convivencia NO ha presentado la declaración de la renta de 2024:
- Vida laboral.
- Si es empleado por cuenta ajena, todos los contratos de trabajo del año 2024.
- Si es autónomo, justificantes de los 4 ingresos trimestrales del IRPF del ejercicio 2024.
- Sólo si percibió el IMV en 2024, certificado de la entidad que lo concedió o informe de prestaciones de la Seguridad Social (con importes) para el año 2024.
- Sólo si eres propietario o usufructuario de una vivienda en España: justificación de no poder vivir en ella por separación, divorcio u otra causa ajena a tu voluntad.
- Autorización a la Administración para consulta de datos (todas las personas mayores de 14 años).
- Declaración responsable.
- Declaración de ingresos, sólo si algún miembro mayor de la unidad de convivencia mayor de 16 años NO ha presentado la declaración de la renta de 2024.
- Modelo de representación, si procede.
El procedimiento de concesión es el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva. El criterio de otorgamiento será el orden de presentación de solicitud.
Encontraréis toda la información en las bases de la convocatoria que os adjuntamos en el archivo abajo o accediendo a la convocatoria en el tramitador del Gobierno de Aragón a través del siguiente enlace.
Podéis contactar con la entidad para apoyaros en el trámite de la solicitud o para responder cualquier duda sobre la convocatoria, en los teléfonos 976 63 05 03 – 613 26 74 43 o bien a través del correo electrónico trabajosocial.asadicc@gmail.com
BRSCGI